Días de asuntos propios: quién tiene derecho y cómo solicitarlos

Los días de asuntos propios son una ventaja para los trabajadores, ya que les permiten ausentarse del trabajo por motivos personales sin necesidad de justificarlo. Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de estos días. En este artículo, te explicaremos quién tiene derecho a los días de asuntos propios, cómo funcionan y cómo se solicitan.

Índice

¿Quién tiene derecho a los días de asuntos propios?

En general, los días de asuntos propios no están contemplados en el Estatuto de los Trabajadores para los empleados del sector privado. Esto significa que los trabajadores del sector privado solo tendrán días de asuntos propios si están reconocidos en el convenio colectivo o se acuerda con el empresario.

asuntos propios convenio estetica - Quién tiene derecho a los días de asuntos propios

Por otro lado, los funcionarios públicos tienen derecho a días de asuntos propios, que en el Estatuto Básico de los Empleados Públicos se conocen como los moscosos. Según este estatuto, los funcionarios públicos tienen derecho a 6 días al año de permiso por asuntos particulares.

¿Me descontarán del sueldo los días de asuntos propios?

En el sector privado, los días de asuntos propios no suelen ser retribuidos, por lo que se descontarán del sueldo. Sin embargo, esto puede variar según el convenio colectivo, contrato de trabajo o pacto con el empresario. Si se establece que los días de asuntos propios son tiempo efectivo de trabajo, no se descontarán del sueldo.

¿Cómo solicito los días de asuntos propios?

La forma de solicitar los días de asuntos propios dependerá de lo establecido en el convenio colectivo, contrato o acuerdo. Lo más recomendable es comunicarlo por escrito, ya sea mediante un escrito sellado por la empresa, correo electrónico o burofax. Esto asegurará que la empresa quede informada. En cuanto a la justificación del permiso, no será necesario justificarlo si se trata de días de asuntos propios permitidos.

Cómo funcionan los días de asuntos propios

Los días de asuntos propios son días que los trabajadores pueden utilizar para ocuparse de asuntos personales sin necesidad de justificarlos. Sin embargo, su número es limitado y varía según el convenio del sector. Estos días no deben confundirse con las vacaciones, ya que cada trabajador tiene derecho a disfrutar de 30 días de vacaciones pagadas por cada año trabajado.

Para saber si se tiene derecho a los días de asuntos propios, es necesario revisar el convenio colectivo de la empresa. En caso de no aparecer reflejados como días de asuntos propios, se pueden pactar con el empresario mediante contrato.

En cuanto al impacto en el sueldo, esto dependerá del convenio colectivo. Algunos convenios establecen que el uso de estos días lleva aparejado el cobro del salario, mientras que en otros casos se descontará del sueldo.

La solicitud de los días de asuntos propios se debe realizar por escrito, preferiblemente mediante un email, para tener constancia de la solicitud. En el caso de los funcionarios públicos, también tienen derecho a días de asuntos propios, conocidos como los moscosos, que están reconocidos en el Estatuto Básico de los Empleados Públicos.

Consultas habituales sobre los días de asuntos propios

  • ¿Qué pasa si no tengo derecho a días de asuntos propios? Todos los trabajadores cuentan con una serie de permisos retribuidos reconocidos en el estatuto general de los trabajadores. Estos permisos incluyen días por maternidad, paternidad, celebración de una boda o fallecimiento de un familiar.
  • ¿Qué sucede si la empresa me deniega los días de asuntos propios? En el sector privado, la empresa no puede negarse a conceder los días de asuntos propios si están acordados en el convenio o contrato, a menos que justifiquen una causa organizativa motivada. Si la empresa se niega sin motivo, el trabajador puede denunciar ante el Juzgado de lo Social y reclamar indemnización por daños y perjuicios.
  • ¿Los días de asuntos propios se consideran como días de trabajo efectivo? Según una sentencia del Tribunal Supremo, los días de asuntos propios no tienen que ser recuperados, por lo que se consideran como días de trabajo efectivo.

Los días de asuntos propios son una ventaja para los trabajadores, ya que les permiten ausentarse del trabajo por motivos personales sin necesidad de justificarlo. Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de estos días. En el sector privado, los días de asuntos propios deben estar reconocidos en el convenio colectivo o acordados con el empresario, mientras que los funcionarios públicos tienen derecho a días de asuntos propios según el Estatuto Básico de los Empleados Públicos. Es importante revisar el convenio colectivo o contrato de trabajo para conocer si se tiene derecho a los días de asuntos propios y cómo solicitarlos. Además, es necesario estar informado sobre si se descontarán del sueldo y cómo justificarlos. En caso de dudas, siempre es recomendable consultar con un abogado laboralista para obtener asesoramiento legal.

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